Por todos es sabido que, el confinamiento actual debido a la crisis del covid 19, afecta directamente con la prohibición de salir de casa a todos y cada uno de los ciudadanos, pero, existen excepciones que debemos conocer como la discapacidad.
Enfermos con citas ineludibles, atender compras, paseo de mascotas,… y en resumen, primordialmente asuntos que atiendan a la primera necesidad o necesidades básicas.
Pero, ¿Cómo afecta esto a las personas discapacitadas o en sillas de ruedas?
Condiciones para salidas de personas discapacitadas.
Según publicaba una orden ministerial publicada el pasado 20 de Marzo, las personas con una discapacidad reconocida, con alteraciones conductuales podrían salir para no agravar las mismas a pasear, solas, o acompañadas en caso de necesidad siempre y cuando se respetasen las medidas de seguridad para evitar el contagio.

Dichas alteraciones de conductas se refieren a personas con trastornos del espectro autista o con conductas disruptivas pero, todo este planteamiento en ningún momento especifica si, es necesario disponer del certificado de discapacidad pertinente para realizar dichas salidas.
Según CERMI (Comité Español de representantes de personas con discapacidad), no sería indispensable ya que, no todas las personas que cumplen dichas condiciones tienen reconocida la condición, y por tanto debería servir tan sólo con una prescripción médica.
Con ello, aclara también que no sólo acoge la medida a los representados bajo esta afección sino que, debería ampliarse si por condiciones psicofísicas un médico especialista, considera oportuno para paliar empeoramientos de otros tipos de discapacidades.
Aun sin contemplar por la orden ministerial la necesidad de llevar consigo dicho certificado, CERMI, recomienda llevarlo en caso de disponer de él y de incluso llevar impresa una copia de la orden ministerial para en caso de ser necesario entregar a las autoridades pertinentes.
Aquellos que no lo tengan, deberán suplir este como se ha indicado por la prescripción médica.
Por tanto, y como conclusión a pesar de parecer recoger la medida en principio, sólo a un determinado público afectado por discapacidades específicas, la nota aclaratoria de la necesidad especificada por un especialista abre fronteras a que sea el profesional sanitario quien determine las condiciones reales y viables para establecer un cauce de salida a cualquier enfermo al que el confinamiento y su alargamiento pudiese afectar negativamente en su afección o evolución.